Derechos de los Asociados
LA INFORMACIÓN DE ESTA PÁGINA CORRESPONDE A LA VERSIÓN ANTERIOR (AÑO 2018), ESTÁ PENDIENTE DE SER ACTUALIZADA

Son derechos de los asociados los siguientes:
- Elegir y ser elegido, para conformar la junta directiva de la organización, u otros organismos y comités de coordinación o asesoría que se creen de acuerdo a las disposiciones y exigencias de los presentes estatutos y reglamentos de la asociación.
- Asistir con derecho a voz y voto en las deliberaciones, debates y decisiones de la Asamblea General y las demás reuniones convocadas, con disposición a las exigencias estatutarias y reglamentarias y proponer toda iniciativa que favorezca a la comunidad encaminada al bienestar de la Asociación.
- Participar de los beneficios que consiga, tenga u otorgue la asociación siempre y cuando hayan cumplido cabalidad con las obligaciones y deberes determinados en la asamblea y junta directiva.
- Retirarse voluntariamente de la ASOCIACIÓN.
- Fiscalizar la gestión de la ASOCIACIÓN en los términos y en los procedimientos que establezca la ley.
- Asistir en forma puntual a las reuniones de la asamblea general y de los comités que formen parte, y votar con responsabilidad, trabajar activamente en los planes y programas de la Junta Directiva y en las comisiones que se le asignen.
- Los asociados gozaran en igualdad de condiciones de los bienes y servicios que tenga la ASOCIACIÓN, conforme a su naturaleza y destino, con el cuidado y moderación necesarios para no privar de igual derecho a los demás asociados.
- Todo asociado debe recibir respuesta a sus requerimientos oportunamente.